JurídicoESEN
Order (Auto)May 15, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Manuela·Respondent Andrés

✓
Topic · hard data
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se Satisfacen
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Mil de Familia del Circuito de Bogotá y el Resguardo Indígena.

Se suscita la controversia por una demanda de investigación de paternidad, a través de la defensora de familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a favor de una menor perteneciente a comunidad indígena, contra otro miembro de la comunidad, luego que de la realización de la prueba de ADN se estableciera que “Andrés” posee todos los alelos obligados paternos (AOP) que debería tener el padre biológico de Luisa, la menor, por lo tanto no se excluye de la paternidad.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos establecidos por la jurisprudencia para poder asignar la competencia y se tiene que se cumple el factor personal, pues se verificó la pertenencia del presunto padre a la comunidad indígena.

Sobre el factor territorial, se resalta el interés superior de la menor de edad y como relevante el lugar en donde se encuentre la misma y se encuentra que esta reside con su madre en la ciudad de Bogotá, lugar que no hace parte del territorio donde se ubica el Resguardo Indígena, el cual, según la información que reposa en el expediente, se encuentra en el municipio de Tierradeplata, por lo que se tendrá como no cumplido dicho factor.

En relación con el Factor objetivo, la Sala advierte que este no es decisivo, por cuanto los hechos por los que fue demandado el señor Andrés comprometen intereses de la sociedad mayoritaria y de la comunidad indígena, pues aunque ambos padres son indígenas y el resguardo indígena demostró su interés para tramitar y resolver el asunto, al versar sobre los derechos que les asisten a los menores de edad, el análisis del elemento institucional supone un mayor rigor.

Respecto del factor institucional, no es posible constatar que la comunidad indígena cuenta con un procedimiento para investigar procesos como este.

A pesar de que el reclamo de la competencia por parte del resguardo indígena constituye un indicio de la existencia de institucionalidad, la Sala no cuenta con información suficiente para establecer cómo las autoridades tradicionales aplican los principios básicos del debido proceso, resguardan las garantías del demandado y cuentan con una estructura institucional orientada a garantizar los derechos de las partes.

No se suministró elementos de juicio para establecer el andamiaje institucional previsto por el grupo étnico para llevar a cabo el proceso de investigación de paternidad contra el comunero y asegurar los derechos de la menor.

La Sala decide asignar la competencia a la Jurisdicción Ordinaria especialidad Familia y por consiguiente, resuelve remitir el expediente al Juzgado Mil de Familia del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Resguardo Indígena.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Mil de Familia del Circuito de Bogotá y el Resguardo Indígena, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Mil de Familia del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda de investigación de paternidad promovida por Manuela en favor de su hija Luisa, en contra de Andrés.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5302 al Juzgado Mil de Familia del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Resguardo Indígena.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.